El Consejo de la Unión Europea y el Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo provisional para modificar las normas sobre producción, etiquetado, certificación y comercio de productos ecológicos. La revisión busca mejorar la competitividad del sector, reducir las cargas administrativas y mantener los estándares de producción y la confianza de los consumidores.
El acuerdo introduce modificaciones específicas en el Reglamento (UE) 2018/848, vigente desde enero de 2022, con medidas destinadas a facilitar su aplicación, especialmente entre los pequeños operadores.

Entre las disposiciones de interés para el sector ganadero, se contempla una flexibilidad temporal para el uso de piensos proteicos no ecológicos en la alimentación de cerdos y aves de corral. Estas excepciones tendrán carácter transitorio y se eliminarán progresivamente.
En cuanto a la simplificación administrativa, se amplían los límites para que determinados pequeños operadores que venden productos ecológicos sin envasar directamente al consumidor puedan quedar exentos de certificación. El umbral de facturación anual pasa de 20.000 a 40.000 euros, calculado como media de los cinco años anteriores, mientras que el volumen máximo de ventas aumenta de 5.000 a 10.000 kg anuales. La exención también podrá aplicarse, bajo determinadas condiciones, a pequeños comercios en línea que comercialicen productos ecológicos envasados.
Otro de los aspectos centrales es la clarificación de las condiciones para la importación de productos ecológicos procedentes de terceros países cuyas normas se consideran equivalentes a las europeas. Estos productos podrán seguir comercializándose como ecológicos y utilizar el logotipo de su país de origen, pero solo podrán llevar el logotipo ecológico de la UE si cumplen requisitos adicionales de producción y control, incluidos determinados criterios sobre bienestar animal, suelo vivo y métodos de transformación.
Además, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2036 el reconocimiento de equivalencia de las normas ecológicas de 11 países terceros, entre ellos Argentina, Canadá, Nueva Zelanda y Estados Unidos, que inicialmente debía expirar a finales de 2026.
El acuerdo también elimina la propuesta de permitir el uso del logotipo ecológico europeo en productos que contengan menos de un 5% de ingredientes procedentes de terceros países que no cumplan los requisitos adicionales establecidos.
Para facilitar la transición, los productos etiquetados conforme a la normativa actual podrán seguir comercializándose hasta agotar existencias.
El acuerdo todavía debe recibir la aprobación formal del Consejo y del Parlamento Europeo, tras la revisión jurídico-lingüística del texto. El objetivo es completar su adopción antes de finales de 2026 para evitar interrupciones en el comercio internacional de productos ecológicos.
28 de octubre de 2026 / Consejo de la Unión Europea / www.consilium.europa.eu


