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Programa de control español de las sustancias empleadas en la alimentación de los animales

5 enero 2001
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Según el Real Decreto 3454/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece y regula el Programa Integral coordinado de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales, se prohibe la fabricación de piensos para animales de producción en las industrias distintas a las destinadas a la fabricación de piensos para el resto de los animales, incluidos los animales de compañía. En el caso de las industrias que fabrican piensos para rumiantes, se prohíbe la fabricación de piensos que contengan todo tipo de proteínas elaboradas excepto proteínas provenientes de la leche y productos lácteos así como gelatina de no rumiantes para los recubrimientos de aditivos. Para industrias que fabriquen piensos para otros animales que contengan harinas de pescado, fosfato biciclo y proteínas hidrolizadas, la Administración pública competente podrá permitir también la fabricación de piensos para rumiantes.

23 de dicembre de 2000/ Boletín Oficial del esatdo /España http://www.boe.es/sumarios/

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