Anteriormente, en noviembre de 1999 y octubre de 2000, la Comisión Europea ya había decidido adoptar dos decisiones negativas referentes a estas medidas de ayuda no notificadas y pidió que éstas fueran devueltas. El Gobierno Portugués, no estando de acuerdo con ambas decisiones de la Comisión pidió al Consejo de Agricultura reunido el pasado 21 de enero que, basándose en el artículo 88(2) del tratado de la CE, adoptara una decisión que autorizara la concesión de estas ayudas. Durante el Consejo, ningún país se opuso a la demanda de Portugal y la ayuda fue adoptada por decisión unánime.
Esta era la primera vez que el Consejo utilizaba este procedimiento excepcional. La Comisión Europea considera que la decisión tomada por el Consejo amenaza seriamente la seguridad legal de las decisiones de la Unión Europea.
Miércoles, 27 de febrero de 2002/Comisión Europea
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