X
XLinkedinWhatsAppTelegramTelegram
0

El Ministerio de Agricultura toma nuevas medidas contra la fiebre aftosa

8 mayo 2001
X
XLinkedinWhatsAppTelegramTelegram
0
A la vista de la evolución de la enfermedad en España y en el resto de países europeos, el Ministerio de Agricultura español ha decidido aprobar una nueva disposición respecto al movimiento de animales.

Según la orden publicada en el Boletín Oficial del Estado de hoy, se mantienen la prohibición de enviar al Reino Unido animales vivos de las especies sensibles a la fiebre aftosa.

Se mantiene la prohibición de transportar animales sensibles excepto:

- cuando se dirijan a matadero, directamente o mediante centro de concentración autorizado.Si el transporte es intracomunitario, deberá autorizarse el centro de concentración y el transporte estará sujeto a la autorización previa de las autoridades competentes de los Estados miembros de origen y destino.

- si los animales se dirigen a otra explotación y son especies distintas de la bovina o porcina, será necesaria una autorización previa de las autoridades competentes del lugar de origen y destino y si es intracomunitario deberá autorizarse el centro de concentración.

- se podrán transportar animales de las especies bovina o porcina con destino a un máximo de diez explotaciones diferentes directamente o a través de un único centro de concentración y sólo será necesaria la notificación de las autoridades del lugar de origen y si es intracomunitario, entonces se necesitará autorización previa de las autoridades competentes de los Estados miembros de origen y destino.

Podrá concederse una licencia general de transporte válida durante treinta días para el movimiento directo de porcinos y bovinos dentro del territorio nacional entre explotaciones siempre y cuando estén establecidas relaciones contractuales entre las explotaciones de origen y destino.

El transporte deberá ser notificado por parte de la autoridad veterinaria local de origen con, al menos, veinticuatro horas de antelación a la Subdirección General de Sanidad Veterinaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y a la autoridad veterinaria local del Estado miembro de destino.

Martes, 8 de mayo de 2001/ Boletín Oficial del Estado/España
http://www.boe.es

Comentarios del artículo

Este espacio no está orientado a ser una zona de consultas a los autores de los artículos sino que pretende ser un lugar de discusión abierto a todos los usuarios de 3tres3
Publica un nuevo comentario

Para comentar debes registrarte en 3tres3 y acceder como usuario.

No estás suscrito a la lista Termómetro económico porcino España

Un mailing semanal con la cotización de Mercolleida y la de las materias primas de la lonja de Barcelona. Se añade un índice que combina distintas materias primas en una formulación teórica que permite comparar el precio de la alimentación con el del cerdo.

Accede y apúntate a la lista