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Ampliada la duración de la validez del LMR provisional para la Piperazina en porcino

20 julio 2001
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De acuerdo con el reglamento (CEE) nº 2377/90 por el que se deben establecer de forma progresiva los límites máximos de residuos (LMR) para todas las sustancias farmacológicamente activas que se usan en la Comunidad en medicamentos veterinarios, el DOCE publicó ayer la modificación de los LMR para algunas de estas sustancias, entre ellas la Piperazina.

Con el fin de permitir la realización de estudios científicos, se amplia la duración de la validez de los LMR provisionales para la Piperazina, antiparasitario utilizado en porcino y pollos hasta el 1 de julio de 2003.

Los LMR para el ganado porcino son los siguientes:

Músculo: 400 microg/kg
Piel y grasa: 800 microg/kg
Hígado: 2000 microg/kg
Riñón: 1000 microg/kg

Jueves, 19 de julio de 2001/Diario Oficial de las Comunidades Europeas
http://europa.eu.int/eur-lex/es/dat/2001/l_195/l_19520010719es00320035.pdf

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