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Unión Europea: medidas transitorias en lo referente a las disposiciones relativas al etiquetado de los piensos

31 mayo 2010
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El Reglamento (CE) nº 767/2009 constituye una revisión cabal de las normas de la UE sobre las condiciones de comercialización de materias primas para piensos y de piensos compuestos y su artículo 32, apartado 4, permite la adopción de medidas para facilitar la transición a las nuevas normas.

Las normas sobre etiquetado establecidas en dicho Reglamento deberán aplicarse a partir del 1 de septiembre de 2010. Teniendo en cuenta que esto supondría un cambio brusco y no permitiría una transición fluida a los explotadores de empresas de piensos que los comercializan y que el cambio del diseño y de la producción de etiquetas y la conversión de la maquinaria existente de un día para otro serían costosos para esas empresas, con una consiguiente carga resultante desproporcionada con relación al objetivo del cambio, la Comisión ha establecido un período de transición en el que los piensos puedan etiquetarse de conformidad con el Reglamento (CE) n o 767/2009 antes del 1 de septiembre de 2010.

Jueves, 27 de mayo de 2010/ DOUE.
http://eur-lex.europa.eu

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