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UE: se permite durante 4 años la utilización de restos de comida en alimentación animal

25 septiembre 2002
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El Comisario europeo para la Salud y Protección de los Consumidores se felicitó por la adopción, por parte del Parlamento Europeo, de un reglamento que expone claramente los tratamientos obligatorios y autorizados para aplicar en las materias de origen animal excluidas de la cadena alimentaria, y donde se prevé nuevas opciones, como por ejemplo la transformación de estas materias en biogás.

Sólo las materias procedentes de animales declarados aptos para el consumo humano después de una inspección veterinaria podrán ser utilizados para producir piensos para animales. El reglamento prohíbe también toda forma de canibalismo dentro de una misma especie.

Respecto a la utilización de restos de comida en la alimentación de cerdos y pollos, el reglamento permite una flexibilación temporal de la prohibición de utilizar residuos de la 3ª categoría (productos procedentes de animales sanos sacrificados en matadero y destinados al consumo humano) en los alimentos para animales durante un período máximo de cuatro años, en algunos Estados miembros y bajo condiciones de control que serán fijadas por el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y Salud Animal.

Martes, 24 de septiembre de 2002/Comisión Europea
http://europa.eu.int/rapid/start/cgi/guesten.ksh?

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