Sólo las materias procedentes de animales declarados aptos para el consumo humano después de una inspección veterinaria podrán ser utilizados para producir piensos para animales. El reglamento prohíbe también toda forma de canibalismo dentro de una misma especie.
Respecto a la utilización de restos de comida en la alimentación de cerdos y pollos, el reglamento permite una flexibilación temporal de la prohibición de utilizar residuos de la 3ª categoría (productos procedentes de animales sanos sacrificados en matadero y destinados al consumo humano) en los alimentos para animales durante un período máximo de cuatro años, en algunos Estados miembros y bajo condiciones de control que serán fijadas por el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y Salud Animal.
Martes, 24 de septiembre de 2002/Comisión Europea
http://europa.eu.int/rapid/start/cgi/guesten.ksh?