Una vez vigente, el nuevo Reglamento permitirá a los Estados miembros conceder diversos tipos de ayudas estatales al sector agrario sin tener que solicitar previamente el visto bueno de la Comisión.
Los Estados miembros podrán asumir hasta un 55% de los costes de las inversiones en las explotaciones, siempre que no generen ningún incremento de la capacidad productiva. Para las inversiones destinadas al aumento del bienestar animal o la mejora del medio ambiente, podrán concederse ayudas de hasta un 75%. Además, podrán abonarse hasta 100.000 € a lo largo de un periodo de tres años por las medidas de fomento de la producción y la comercialización de productos de calidad. Idéntico importe podrá concederse para las medidas de asistencia técnica, como la asesoría a las explotaciones agrarias o la participación en ferias comerciales.
Tras la oportuna consulta a los Estados miembros y las partes interesadas, la Comisión se propone aplicar este Reglamento a partir de enero de 2004.
Miércoles, 19 de febrero de 2003/Comisión Europea
http://europa.eu.int/rapid/start/cgi/guesten.ksh