Con el fin de obtener una mejor adaptación del método de asignación de las cantidades que pueden exportarse con restitución, se amplía la legislación actual, de manera que la Comisión puede adoptar medidas para limitar la expedición o la presentación de solicitudes de certificados de exportación durante el período de reflexión previsto tras la presentación de las solicitudes.
Esta legislación entrará en vigor a partir del día 2 de agosto de 2004.
Jueves, 29 de julio de 2004/Comisión Europea
http://europa.eu.int/eur-lex/pri/es