La intervención del Estado estará condicionada al cese total y definitivo de la actividad agraria (producción porcina y otras producciones) por parte del perceptor de la ayuda y se limitará a la indemnización por el cierre de las plazas de reproductoras en sistema de producción de lechones, los cerdos de engorde en sistema de cebo o las reproductoras y el cebo en sistema cerrado, con valor distinto para cada tipo de plaza. En ningún caso podrá volver a realizarse ninguna producción avícola, cunícola o porcina en las instalaciones de la explotación. Las plazas de engorde de los productores en ciclo cerrado pueden ser vendidas a otro productor y trasladadas a la explotación del comprador
- Ciclo cerrado 700 € por plaza de reproductora 70.000 € (máximo por explotación)
- Producción de lechones 400 € por plaza de reproductora 40.000 € (máximo por explotación)
- Engorde 50 € por plaza de cerdo de engorde 50.000 € (máximo por explotación)
- Ciclo cerrado en reestructuración 400 € por plaza de reproductora 40.000 € (máximo por explotación)
Jueves, 30 de septiembre de 2004/MAPA. Noticias del Exterior/España
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