En caso de que una o varias cotizaciones no lleguen a la Comisión, esta tendrá en cuenta la última cotización disponible. En caso de que la cotización o cotizaciones falten por tercera semana consecutiva, la Comisión ya no tendrá en cuenta las cotizaciones de que se trate.
Los Estados miembros comunicarán a la Comisión una vez al mes con respecto al mes anterior la media de las cotizaciones de las canales de cerdo de las categorías comerciales E a P.
A instancia de la Comisión, los Estados miembros comunicarán los precios de mercado practicados en los Estados miembros para los productos importados de terceros países y los precios practicados en los mercados representativos de terceros países.
Reglamento 1319/2006
Reglamento 1128/2006
Miércoles, 06 de septiembre de 2006. Comisión Europea
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