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España rebaja la vida útil de las plantas de tratamiento de purines que generan energía

Según la nueva orden, la vida útil regulatoria para las instalaciones tipo incluidas en el ámbito de aplicación será de quince años.

22 junio 2017
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El pasado sábado se publicó en el Boletín Oficial del estado la Orden ETU/555/2017, de 15 de junio, por la que se establecen los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a las instalaciones de tratamiento y reducción de purines aprobadas por la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, y se actualizan para el semiperiodo 2017- 2019.

Según la nueva orden, la vida útil regulatoria para las instalaciones tipo incluidas en el ámbito de aplicación será de quince años.

Por otro lado, teniendo en cuenta que la Sala Tercera del Tribunal Supremo en diversas sentencias ha declarado, entre otras cuestiones, la nulidad de los anexos II, VII y VIII de la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, en la parte referida a las instalaciones de tratamiento y reducción del purín, la nueva orden adecua los parámetros retributivos de las instalaciones tipo correspondientes a las instalaciones de tratamiento y reducción del purín recogidas en el anexo I, de la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, a lo dispuesto en dichas sentencias.

La Orden ETU/555/2017 tiene como objeto:

  • El establecimiento de los parámetros retributivos de las instalaciones tipo correspondientes a las instalaciones de tratamiento y reducción del purín, definidas en el apartado 2 del anexo I de la Orden IET/1045/2014
  • La actualización semestral de los valores de la retribución a la operación para las citadas instalaciones tipo para el segundo semestre de 2015 y el primer y segundo semestre de 2016, así como establecer la metodología de dicha actualización.
  • La actualización de los parámetros retributivos de dichas instalaciones tipo para el segundo semiperiodo regulatorio comprendido entre 1 de enero de 2017 y 31 de diciembre de 2019.
  • El establecimiento de los valores de la retribución a la operación correspondientes al primer semestre del año 2017 y los valores de las constantes A, B y C necesarios para la actualización semestral que se define en la Orden IET/1345/2015, de 2 de julio que serán de aplicación al segundo semiperiodo regulatorio comprendido entre 1 de enero de 2017 y 31 de diciembre de 2019.

Sábado, 17 de junio de 2017/ BOE/ España.
http://www.boe.es/

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