El nuevo RD contempla los controles a realizar para el transporte hacia matadero de animales de granjas afectadas por la enfermedad, las marcas distintivas que se deberán aplicar así como las inspecciones a realizar tras el sacrificio. El RD establece también la posibilidad de autorizar la salida de animales desde explotaciones ubicadas en la zona de protección por razones de bienestar animal, siempre a petición justificada del titular y verificados los hechos por un veterinario oficial.
Viernes, 5 de octubre de 2007/ MAPA/ España.
http://www.mapa.es