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España: El MAPA ratifica el Reglamento de la Denominación Específica Jamón de Trévelez

2 septiembre 2004
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El Ministerio de Agricultura español ha ratificado el Reglamento de la Denominación Específica "Jamón de Trevélez" y de su Consejo Regulador (Orden APA/2859/2004 de 2 de agosto) el cual había sido aprobado mediante la Orden de 18 de febrero de 2004 de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía. La orden entró en vigor el pasado día 26 de agosto.

Según el Reglamento, los jamones deberán proceder de cerdos obtenidos en los cruces de las razas Landrace, Large White y Duroc-Jersey y para su elaboración sólo podrán emplearse los perniles cuyo espesor de tocino subcutáneo sea como mínimo de 1 cm con grasa infiltrada para pesos inferiores a 12,3 kg, 1,5 cm para pesos de 12,3 a 13,5 kg y 2 cm pesos superiores a 13,5 kg y procederán de machos castrados o hembras. El proceso de elaboración se realizará exclusivamente en los secaderos inscritos en el Registro del Consejo Regulador y tendrá una duración mínima de catorce meses. La zona de elaboración comprende las partes con altitud superior a 1.200 metros de los términos municipales siguientes: Trevélez, Juviles, Busquistar, Pórtugos, La Tahá, Bubión, Capileira y Bérchules de la provincia de Granada.

Miércoles, 25 de agosto de 2004/BOE/España
http://www.boe.es

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