Según el Real Decreto será obligatoria la enumeración de todas las materias primas que entren en la composición de los piensos, con indicación en orden decreciente de los porcentajes de peso presentes, siendo posible, en el caso de piensos compuestos destinados a animales de compañía, la declaración de las materias primas por el nombre de la categoría a la que pertenecen, de acuerdo con la relación específica contemplada.
Estas modificaciones permitirán ofrecer al ganadero final una información mas detallada sobre los componentes de la alimentación animal.
Viernes, 28 de febrero de 2003/MAPA/España
http://www.mapya.es/notas/pag.asp?codi=1219_AH280203