Se aumenta, por tanto, en un 25 por ciento la cantidad resultante del cálculo correspondiente a la aplicación de los baremos por sacrificio de cabeza de ganado, en caso de que la situación sanitaria, marcada por los servicios veterinarios oficiales de a Comunidad Autónoma en la que radique la explotación, aconseje el sacrificio de todos los animales.
Viernes, 9 de diciembre de 2005/MAPA/España.
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