TwitterLinkedinWhatsAppTelegramTelegram
0
Lee este artículo en:

España restablece los tiempos de descanso en el transporte de animales

La evolución favorable de la situación de la crisis sanitaria devida a la COVID-19 en España ha permitido restableer lso tiempos de descanso en el transporte de animales.

5 junio 2020
TwitterLinkedinWhatsAppTelegramTelegram
0

El estado de alarma declarado en España a causa de la COVID-19 conllevó la práctica anulación de la actividad de hostelería y restauración, dificultando a los transportistas encontrar lugares para realizar, en el momento preciso, las paradas establecidas en la normativa. Es por ello que se eliminó la obligatoriedad del cumplimiento de los tiempos de descanso de la normativa sobre protección de los animales durante su transporte, si bien el impacto de esta medida era muy limitado dado que los movimientos de animales dentro del territorio nacional, ámbito de la orden, raras veces alcanza los periodos máximos establecidos en la normativa europea. En todo caso, la excepción no eximía a los transportistas de la obligación de atender a las necesidades de los animales durante los viajes y de cumplir con el resto de la normativa vigente para el cuidado adecuado de los mismos.

La evolución favorable de la situación de la crisis sanitaria en España ha dado lugar a la publicación de diversas normas para la transición hacia una nueva normalidad, lo que facilita la actividad de los transportistas. Por ello se hace necesario derogar la excepción establecida en la citada orden, a fin de garantizar el cumplimiento estricto de la normativa de la Unión Europea.

No obstante lo anterior, todo lo relativo a la vigencia de las autorizaciones establecidas en la normativa veterinaria sobre transporte de animales, incluido en el artículo uno de la Orden TMA/279/2020, de 24 de marzo, continúa siendo de aplicación en los términos previstos en la misma, dado que aún no se han restablecido con normalidad todos los servicios administrativos relacionados con dicho asunto.

4 de junio de 2020/ BOE/ España.
https://www.boe.es

Comentarios del artículo

Este espacio no está orientado a ser una zona de consultas a los autores de los artículos sino que pretende ser un lugar de discusión abierto a todos los usuarios de 3tres3
Publica un nuevo comentario

Para comentar debes registrarte en 3tres3 y acceder como usuario.

Productos relacionados en la tienda

La tienda especializada en porcino
Asesoramiento y servicio técnico
Más de 120 marcas y fabricantes

Artículos relacionados

Última hora

Boletín de noticias sobre el mundo del porcino

No estás suscrito a la lista

Accede y apúntate a la lista