El texto aprobado contempla la ampliación del tiempo mínimo de duración de los arrendamientos de tres a cinco años, con prórrogas automáticas de cinco años, salvo que el arrendador, con un año de antelación a la fecha en que finaliza el contrato, manifieste el vencimiento del mismo. La nueva Ley limita también la superficie a arrendar a 50 Ha en regadío, 500 Ha en secano, y 1000 Ha en pastos, multiplicándose, en el caso de las cooperativas, estas superficies por el número de socios. Por otra parte se reconoce el derecho de tanteo y retracto.
Jueves, 3 de noviembre de 2005/MAPA/España.
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