Dada la situación epidemiológica respecto a la PPC en determinadas zonas de Alemania, Francia y Eslovaquia, procede establecer restricciones de los envíos de cerdos vivos y de semen, óvulos y embriones porcinos desde dichos Estados. Además, se ha encontrado peste porcina clásica en los jabalíes de Rumania y en jabalíes y en explotaciones de cerdos de Bulgaria, por lo que es preciso establecer medidas relativas a la PPC a partir de la fecha de la adhesión de estos dos países.
Para evitar la propagación de la PPC a otras zonas de la Comunidad, se establece la prohibición de enviar desde Bulgaria de carne de cerdo fresca, así como de preparados y productos de carne de cerdo. Dicha carne de cerdo y dichos productos y preparados porcinos deberían llevar un marcado especial. Si estos preparados y productos de carne de cerdo han sido tratados de manera que se elimine el virus de la peste porcina clásica pueden enviarse a otros Estados miembros. La Decisión también establece determinados requisitos, en particular en materia de certificación, para dichos envíos.
Esta Decisión deroga y sustituye a la 2003/526/CE.
Decisión 2006/805/CE

Viernes, 24 de noviembre de 2006. Comisión Europea
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