Teniendo en cuenta que, en relación con el Real Decreto 809/2025 por el que se modificaba el Real Decreto 1135/2002 relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos:
- en noviembre de 2025, el Tribunal Supremo declaró nula la modificación del apartado 1 del artículo 3 sobre la superficie de suelo libre de la que deberán disponer los cerdos según el Real Decreto 1135/2002;
- la Comisión Europea ha anunciado la publicación de una “Estrategia ganadera, incluidos elementos sobre el bienestar animal” en el segundo trimestre de 2026, y en las encuestas previas preparatorias se han incluido cuestiones sobre el alojamiento de las cerdas y
- la situación epidemiológica actual debida a la aparición de casos de peste porcina africana en animales silvestres, supone un esfuerzo tanto para el sector productor como para las autoridades competentes de las comunidades autónomas que deben vigilar el cumplimiento de las normas;
se hace necesario prever un período suficiente en que no se proceda a modificaciones normativas más allá de las que puedan surgir derivadas de la normativa de la Unión Europea o de la situación del sector porcino en cada momento.

Es por ello que, dado que tanto el sector productor como la administración necesita de un marco normativo estable para poder actuar de forma armónica, se ha considerado conveniente derogar la modificación introducida en 2025 en la normativa sobre protección de cerdos.
El Ministerio ha puesto a audiencia pública este proyecto de Real Decreto por el que se deroga el Real Decreto 809/2025, de 16 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos.
Las alegaciones, observaciones, sugerencias u opiniones al respecto que se desee poner de manifiesto, deberán dirigirse en el modelo de documento adjunto, en formato Word, a la dirección de correo electrónico: bzn-bienestaranimal@mapa.es, indicando la referencia RD_derog_RD809_2025 en el asunto de sus comunicaciones.
El plazo para el envío de observaciones al texto comienza el 3 de febrero y finaliza el 11 de febrero de 2026, ambos inclusive.
2 de febrero de 2026/ MAPA/ España.
https://www.mapa.gob.es



