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Andalucía aprueba métodos de control de especies cinegéticas

La norma desarrolla el marco jurídico necesario para el control excepcional de determinadas especies cinegéticas en Andalucía.

5 enero 2026
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El Consejo de Gobierno de Andalucía ha tomado conocimiento de la orden de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente que regula la acreditación, las funciones y los métodos de captura de las personas controladoras de predadores cinegéticos. Esta norma desarrolla el marco jurídico necesario para autorizar, de manera excepcional, el control de determinadas especies cinegéticas y de animales asilvestrados cuando concurren razones justificadas como daños a la fauna silvestre, perjuicios relevantes a la agricultura y la ganadería, afecciones a los montes o riesgos para la seguridad y la salud pública.

La regulación parte del principio de excepcionalidad y establece que estas actuaciones solo podrán autorizarse cuando no exista otra solución satisfactoria y siempre que no se comprometa el estado de conservación de la especie afectada. Asimismo, prevé la posibilidad de sustituir autorizaciones individuales por autorizaciones generales cuando los riesgos tengan carácter colectivo, definiendo de forma precisa las condiciones y los medios de captura o eliminación.

El nuevo marco normativo se apoya en disposiciones ya existentes, como el Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía, que exigía un carné específico para el control de daños causados por predadores o animales asilvestrados, y en el Plan Andaluz de Caza 2023-2033, que detecta un incremento natural de determinadas poblaciones y fija como objetivo regular de forma expresa la figura del controlador de predadores.

El texto pone especial énfasis en el aumento de las poblaciones de jabalí y de cerdos asilvestrados, identificados como una de las principales problemáticas actuales por su impacto sobre los ecosistemas, la ganadería y la seguridad. En este contexto, la aparición confirmada de un foco de peste porcina africana en Cataluña refuerza la necesidad de contar con métodos homologados de captura y procedimientos de control eficaces para estas especies.

La norma regula de manera detallada los requisitos para la acreditación de los controladores, con una validez inicial de cinco años, la formación obligatoria mediante cursos específicos, los mecanismos de reciclaje para la renovación del carné y la homologación de las entidades formadoras. También define las especies objeto de control —como el zorro, el jabalí, la urraca o los gatos asilvestrados— y los métodos de captura autorizados, basados en criterios de selectividad y bienestar animal alineados con acuerdos internacionales y con las directrices técnicas aprobadas en 2011 por la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente.

La aprobación de esta orden se enmarca en un territorio con más de 163.000 personas cazadoras, más de 7.500 cotos y reservas y cerca del 81% de la superficie andaluza dedicada a la actividad cinegética, reforzando así la gestión ordenada del sector y del medio natural.

30 de diciembre de 2025/ Junta de Andalucía/ España.
https://www.juntadeandalucia.es/

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