En el caso de OMG no aprobados pero que tienen el visto bueno de los comités científicos, el umbral a partir del cual es obligatorio etiquetar estos alimentos será del 0,5 por ciento durante tres años, según explicó en rueda de prensa el jefe de gabinete de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria (AESA), José Ignacio Arranz. Una cláusula de revisión prevé disminuir este porcentaje aún más en cuanto sea técnicamente posible.
Sin embargo, productos de segunda o tercera generación como la leche de vacas alimentadas con piensos transgénicos o el cuajo modificado genéticamente para elaborar quesos no tendrán etiquetas que lo especifiquen, así como aquellos que contengan porcentajes inferiores al 0,9 y 0,5 "siempre que se demuestre que su presencia es accidental o inevitable".
Martes, 13 de abril de 2004/AESA/España
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