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modificación ley 16/2002

Maria

1 10-oct-2006 18:26 (hace 17 años 5 meses 19 días)

Hola a todos: Segun la ley 16/2002 se someten a autorización las explotaciones con b) 2.000 plazas para cerdos de cebo de más de 30 kg. c) 750 plazas para cerdas reproductoras. Pero este pt (9.3 del anexo I de dicha ley) ha sido modificado por la ley 27/2006 de 18 de julio, quedando y expongo textualmente: b) 2.000 plazas para cerdos de cebo de más de 30 kg. c) 2.500 plazas para cerdos de cebo de más de 20 kg. . 750 plazas para cerdas reproductoras. . 530 plazas para cerdas en ciclo cerrado. d)En el caso de explotaciones mixtas, en las que coexistan animales de los apartados b y c de esta Categoría 9.3, el número de animales para determinar la inclusión de la instalación en este Anejo se determinará de acuerdo con las equivalencias en Unidad Ganadera Mayor (UGM) de los distintos tipos de ganado porcino, recogidas en el Anexo I del Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas. Expuesto esto: ¿Una granja con 2300 plazas para cebo de lechones a partir de 20 kg tiene que hacer o no autorización? ¿Alguien me lo podría explicar un poco, los puntos de la ley 27/2006? Gracias de antemano
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