| Referencia legal:  Orden de 3 de enero de 2000  (15 KB) | ||||||||||
| Nombre | 
					Orden del consejero de Economía, Agricultura, Comercio e Industria, de 3 de enero de 2000, de aprobación del Código de Buenas Prácticas Agrarias de la Islas Baleares. | |||||||||
| Fecha de publicación | 15 de enero de 2000 | |||||||||
| Fuente de información | 
					Consejería de Economía, Agricultura, Comercio e Industria de las Islas Baleares (http://www.caib.es) | |||||||||
| Modificaciones de la norma | No existen modificaciones | |||||||||
| Resumen de la norma | 
 
 
 
 
 
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| Referencia legal:  Orden de 24 de febrero de 2000  (36 KB) | ||
| Nombre | 
					Orden de la Consejería de Medio Ambiente, de 24 de febrero de 2000, de designación de las zonas vulnerables en relación con la contaminación de nitratos procedentes de fuentes agrícolas y Programa de actuación en materia de seguimiento y control del dominio público hidráulico. | |
| Fecha de publicación | 11 de marzo de 2000 | |
| Fuente de información | 
					Consejería de Economía, Agricultura, Comercio e Industria de las Islas Baleares (http://www.caib.es) | |
| Modificaciones de la norma | No existen modificaciones | |
| Resumen de la norma | 
 
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| Referencia legal:  Orden de 21 de septiembre de 2001  (17 KB) | |||||||||||
| Nombre | 
					Orden del Consejero de Agricultura y Pesca, de 21 de septiembre de 2001, por la que se aprueba el programa de actuación aplicable a la zona declarada vulnerable en relación a la contaminación de nitratos de origen agrario.  | ||||||||||
| Fecha de publicación | 2 de octubre de 2001 | ||||||||||
| Fuente de información | 
					Consejería de Economía, Agricultura, Comercio e Industria de las Islas Baleares (http://www.caib.es) | ||||||||||
| Modificaciones de la norma | No existen modificaciones | ||||||||||
| Resumen de la norma | 
 
 
 
 
 
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| Referencia legal:    Resolución de 6 de junio de 2006  (18 KB) | |
| Nombre | 
					Resolución de 6 de junio de 2006, de la Consellera de Agricultura y Pesca, por la cual se aprueba el manual de condiciones y exigencias mínimas medioambientales y en materia de bienestar animal que han de reunir las explotaciones ganaderas de porcino de las Illes Balears | 
| Fecha de publicación | 10 de junio de 2006 | 
| Fuente de información | B.O.I.B. - Número 83 | 
| Modificaciones de la norma | No existen modificaciones | 
| Resumen de la norma | 
					Uno de los objetivos principales de la Conselleria d'Agricultura i Pesca es potenciar la mejora de las condiciones medioambientales, de sanidad y de bienestar animal de las explotaciones ganaderas con la finalidad de, sobre todo, obtener un sector con producciones de alta calidad y una ganadería cada vez más respetuosa con el medio ambiente. Por todo ello, habiendo consultado al sector del porcino afectado, dicta la siguiente resolución: Primero: Queda aprobado el manual de condiciones y exigencias mínimas medioambientales y en materia de bienestar animal que han de reunir las explotaciones ganaderas de porcino de les Illes Balears. Segundo: El manual estará a disposición de todos los interesados en la sede de la Conselleria d'Agricultura i Pesca y en sus delegaciones comarcales. Tercero: La resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el B.O.I.B. | 
| Referencia legal:    Decreto de 16 de junio de 2006  (42 KB) | |||||||||||
| Nombre | 
					Decreto 53/2006, de 16 de Junio, por el cual se regula el Registro General de explotaciones agrarias de les Illes Balears. | ||||||||||
| Fecha de publicación | 22 de junio de 2006 | ||||||||||
| Fuente de información | B.O.I.B. - Número 88 | ||||||||||
| Modificaciones de la norma | No existen modificaciones | ||||||||||
| Resumen de la norma | 
 
 
 
 El registro ha de contener, como mínimo para cada explotación agraria inscrita, los datos que permitan la identificación tanto de su titularidad como de los elementos de la explotación y los tipos de producciones a los cuales se dedica, incluidas las actividades complementarias y, en concreto, las que se aprueben por resolución de la Consellera de Agricultura i Pesca. | ||||||||||
| Referencia legal:    Orden de 23 de junio de 2006  (41 KB) | |
| Nombre | 
					Orden de la Consellera de Agricultura, de 23 de Junio, por el cual se despliega el Decreto que regula el Registro General de explotaciones agrarias de les Illes Balears. | 
| Fecha de publicación | 24 de junio de 2006 | 
| Fuente de información | B.O.I.B. - Número 89 | 
| Modificaciones de la norma | No existen modificaciones | 
| Resumen de la norma | 
					La orden despliega el Decreto 53/2006 de 16 de Junio, con las siguientes apreciaciones: -Añade la definición de parcela agrícola en el artículo 5 de definiciones. -Habla de recintos en lugar de parcelas, pudiendo un recinto estar compuesto por una o más parcelas. -Detalla y amplía el artículo 12 del Capítulo III, referente a las solicitudes de inscripción. -Detalla y amplía el artículo 14 del Capítulo III, referente a las modificaciones, bajas y anulaciones de inscripciones. | 
| Referencia legal:     Orden de 11 de enero de 2007  (30 KB)  Anexo  (41 KB) | ||||
| Nombre | 
					Orden de 11 de Enero de 2007, de la Consejera de Agricultura y Pesca por la que se modifica parcialmente la Orden de 22 de noviembre de 2005, por la que se establecen los requisitos legales de gestión y las buenas condiciones agrarias y medioambientales que deben cumplir los agricultores que reciban pagos directos de la Política Agrícola Común en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. | |||
| Fecha de publicación | 16 de Enero de 2007 | |||
| Fuente de información | BOIB número 541 de 16/01/2007 | |||
| Modificaciones de la norma | No existen modificaciones | |||
| Resumen de la norma | 
					La Orden modifica el artículo 5 de la Orden 22 de noviembre de 2005 por la que se establecen los requisitos legales de gestión.  A partir del 1 de enero de 2007 serán de aplicación los requisitos legales de gestión relativos a las normas de bienestar animal. En el anexo II de la presente Orden se observan las cantidades máximas de aplicación de fertilizantes y los períodos de no-aplicación de fertilizantes nitrogenados en las zonas vulnerables. 
 
 
 
 
 
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