
- Aplica a reproductoras y cerdos de engorde.
- Se busca la presencia de órganos fuera de su cavidad habitual, con hernias de más de 20cm que impidan la movilidad o representen un riesgo de lesión.
- Se diferencian entre hernias umbilicales, inguinales o escrotales.
- El máximo permitido es un 5% de los animales, excluyendo los ubicados en lazaretos o convalecientes.
No te pierdas el próximo post donde hablaremos de los abscesos.

Contacto:
Contacta con nosotros a través del siguiente formulario.