| Criterio 
        legal Orden 15/2/98 | Criterio 
        técnico | |
| Enterobacterias | < 
        40.000 UFC/g | |
| Coliformes fecales | < 
        5.000 UFC/g | |
| Salmonella | Ausencia 
        en 25 g  | Ausencia 
        en 25 g  | 
| E. coli | Ausencia 
        en 1 g  | Ausencia 
        en 1 g  | 
| Clostridios | < 
        100 UFC/g  | |
| Estaphilococos | < 
        10 UFC/g  | < 
        10 UFC/g  | 
| Principio 
         | Aplicación 
        en fábrica de pienso | 
| Analizar 
        los peligros. Cada fabricante debe determinar los peligros potenciales 
        que pueden concurrir en la fabricación de pienso | Los 
        peligros pueden ser biológicos como microorganismos (regulados en la Orden 
        del 15/2/88); químicos como metales pesados o toxinas (regulados por el 
        Real Decreto 747/2001) y físicos como trozos de cristal... (regulados 
        por sentido común). | 
| Identificar 
        los puntos críticos de control donde el peligro potencial puede ser controlado 
        o eliminado.  | A 
        título de ejemplo pueden ser la piquera, molino, mezcladora, enfriador 
        de la granuladora y boca de carga del pienso. | 
| Establecer 
        medidas preventivas con límites críticos para cada punto de control. | Implantar 
        el uso de sustancias bactericidas, fungicidas, limpieza y desinfección 
        de la maquinaria, camiones... Verificar rutinariamente mediante inspecciones 
        visuales y análisis de microbiología/sust. químicas los piensos, 
        materias primas y superficies. Aplicar el criterio legal y un criterio 
        técnico como indicador. | 
| Establecer 
        procedimientos para monitorear los puntos críticos de control, incluyendo 
        descripción de procesos y personas responsables. | Implantar 
        protocolos de mantenimiento y limpieza de las instalaciones bactericidas, 
        fungicidas, mezcladora, etc. Criterios de evaluación de proveedores. Determinar 
        quién debe hacerlo y quién debe supervisarlo.  | 
| Establecer 
        medidas correctoras a tomar cuando el monitoreo muestre que un límite 
        crítico no ha sido respetado. | Estas 
        medidas pueden incluir desde la no admisión de camiones de materia prima 
        por evidenciarse indicios de sustancias indeseables, parada de la fabricación 
        hasta que no se repare una instalación dosificadora e incluso destrucción 
        o reprocesado de lotes ya fabricados. | 
| Establecer 
        procedimientos para verificar que el sistema está trabajando correctamente. 
         | Hacer 
        seguimiento de las dosificaciones y tiempos de actuación de desinfectantes, 
        bactericidas, fungicidas. Hacer analíticas seriadas de lotes ya fabricados. | 
| Establecer 
        un sistema de registro efectivo. | Todas 
        las operaciones relevantes para el funcionamiento del sistema deben registrarse 
        con fecha y firma en el libro correspondiente. Esto incluye operaciones 
        de mantenimiento, entrega, limpieza, toma de muestras, envío y evaluación 
        de los resultados.  |