TwitterLinkedinWhatsAppTelegramTelegram
0
Lee este artículo en:

Francia: Régimen jurídico de los animales: el Código Civil armonizado con el Código Rural

Esta nueva definición permite armonizar la definición del Código Civil sobre las definiciones de la condición de los animales existentes en el Código Rural y el Código Penal.

24 noviembre 2014
TwitterLinkedinWhatsAppTelegramTelegram
0

Según lo publicado por la Unión de empresas cárnicas francesas (SNIV-SNCP) en su sitio web, el artículo 1 bis del proyecto de ley sobre la modernización y simplificación de la ley que propone una enmienda a la definición de la situación jurídica de los animales en el Código Civil fue adoptado en nueva lectura por la Asamblea Nacional el pasado 30 de octubre.

La nueva definición de animal propuesta por el Código Civil se escribirá así: "Los animales son seres dotados de sensibilidad. Sujeto a las leyes que los protegen, los animales son sometidos al régimen de propiedad tangible. ".

Esta nueva definición permite armonizar la definición del Código Civil sobre las definiciones de la condición de los animales existentes en el Código Rural y el Código Penal.

Miércoles, 12 de noviembre de 2014/ SNIV/ Francia.
http://www.sniv.fr

Comentarios del artículo

Este espacio no está orientado a ser una zona de consultas a los autores de los artículos sino que pretende ser un lugar de discusión abierto a todos los usuarios de 3tres3
Publica un nuevo comentario

Para comentar debes registrarte en 3tres3 y acceder como usuario.

Última hora

Boletín de noticias sobre el mundo del porcino

No estás suscrito a la lista

Accede y apúntate a la lista